Ley de quiebra para personas y empresas

¿En qué consiste la Ley de quiebra?

Desde el año 2014 está vigente en Chile la Ley de Reorganización y liquidación de activos de Empresas y Personas (Ley Nº 20.720) y consiste en un procedimiento judicial que tiene por finalidad la liquidación rápida y eficiente de los bienes de la persona y empresa deudora, con el objeto de propender al pago de sus acreedores.

¿Qué requisitos debes cumplir para aplicar a la Ley de quiebra?

La persona o empresa debe encontrarse en un estado de insolvencia, es decir, su nivel de endeudamiento sobrepasa ampliamente su capacidad de pago.

Principales beneficios que te otorga la Ley de Quiebra

Esta ley permite a las personas quedar sin deuda y salir del DICOM sin pagarlas.

Nuestro equipo

¿Cómo se aplica la ley de quiebra para las empresas?

La ley plantea distintas herramientas como una alternativa para que aquellas personas o empresas que se encuentran en una situación financiera agravada puedan hacer frente a esta crisis.

 

En relación con las empresas, la normativa establece dos herramientas que permiten: 

 

1. Salvar aquellos emprendimientos que tienen posibilidades de mantenerse en el tiempo. 

2. Liquidar los bienes de aquellas empresas que no puedan salvarse.

 

Respecto a las personas, la normativa establece dos herramientas que permiten: 

 

1. Renegociar las deudas con nuevas y mejores condiciones de pago. 

2. Liquidar los bienes mediante una venta rápida y ordenada para pagar las deudas. 

 

Efectos de la declaración de Insolvencia:

 

1. No podrá iniciarse en su contra juicios ejecutivos o ejecuciones de cualquier clase o restituciones en juicios de arrendamiento. 

2. Se paralizan los llamados de cobranza 

3. Única forma de cesar descuentos de Cajas de Compensación. 

4. vez que se encuentre firme o ejecutoriada la resolución que declara el término del procedimiento Concursal de Liquidación, se entenderán extinguidos por el solo ministerio de la ley y para todos los efectos legales los saldos insolutos de las obligaciones contraídas por la Empresa o persona deudora, con anterioridad al inicio del procedimiento Concursal de Liquidación. 

5. Se eliminan todas las deudas de cualquier registro público o privado.

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